El Pleno aprueba la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó hoy, tras su paso por el Senado, la modificación de la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
El Congreso de los Diputados debatió y votó las enmiendas incorporadas por el Senado, que fueron ratificadas por 342 votos a favor y una abstención.
La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, nace con el objetivo de modificar el artículo 1 de la mencionada ley, para disponer que “la receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensación son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos”.
“Sin perjuicio de lo anterior”, añade el texto de la iniciativa, “el Gobierno regulará la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos en el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias”.
Además, con esta reforma de la Ley de garantías y uso racional del medicamento se realiza una revisión de los medicamentos sujetos a prescripción, y se regula la participación en la prescripción de otros profesionales sanitarios.
Al dictamen remitido en su día por el Congreso, el Senado incorporó una enmienda por la que se añade que “resulta necesario que los nuevos profesionales incluidos como prescriptores o autorizadores de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios por la presente modificación tengan que guardar el régimen de incompatibilidades previsto en el artículo 3 de la Ley 29/2006”.
Asimismo, la Cámara Alta añadió una modificación de los apartados 1 y 3 del artículo 3, relativo a las garantías de independencia, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"1. Sin perjuicio de las incompatibilidades establecidas para el ejercicio de actividades públicas, el ejercicio clínico de la medicina, odontología, veterinaria y otras profesiones sanitarias con facultad para prescribir o indicar la dispensación de los medicamentos, serán incompatibles con cualquier clase de intereses económicos directos derivados de la fabricación, elaboración, distribución y comercialización de los medicamentos y productos sanitarios.
3. El ejercicio clínico de la medicina, odontología, veterinaria y otras profesiones sanitarias con facultad para prescribir o indicar la dispensación de los medicamentos, serán incompatibles con el desempeño de actividad profesional o con la titularidad de oficina de farmacia".
Estos cambios fueron ratificados por el Congreso de los Diputados e incorporados a la redacción definitiva de la ley. Descargar en alta calidad
martes, 22 de diciembre de 2009
miércoles, 9 de diciembre de 2009
Noticia 9 de diciembre de 2009
EN MARCHA EL PRIMER REGISTRO DEL MANEJO DEL SÍNDROME POR INHALACIÓN DE HUMO EN LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA
Se ha puesto en marcha el Registro del Manejo Extrahospitalario del Síndrome por Inhalación de Humo en los Servicios de Emergencia (RASTRO), el primero en evaluar de forma retrospectiva la actitud clínica y los protocolos de actuación sobre una muestra de pacientes víctimas de un incendio en lugares confinados, con diagnóstico de inhalación de humo.
Según los promotores del registro, es habitual pensar que el alto porcentaje de mortalidad entre las víctimas de un incendio se debe a las quemaduras producidas por el fuego, cuando en realidad, el 82 por ciento de los fallecimientos en los incendios se debe a la intoxicación por humo, cuyo principal componente es el cianuro. El estudio RASTRO es un proyecto evaluado y aprobado por el Comité Ético del Hospital Río Hortega de Valladolid que comenzó el pasado 1 de noviembre. La recogida de datos se prolongará hasta el 1 de febrero de 2010 y el informe final se presentará en el mes de junio.RASTRO tiene como objetivo evaluar, de forma retrospectiva, la actitud clínica y los protocolos de actuación sobre una muestra de pacientes que han sido víctimas de un incendio en lugares confinados, con diagnóstico de inhalación de humo. De esta forma, pretende aclarar de forma cualitativa y cuantitativa diversas cuestiones y parámetros relacionados con la actitud terapéutica como la monitorización de las constantes vitales o la valoración de la superficie quemada.
Se ha puesto en marcha el Registro del Manejo Extrahospitalario del Síndrome por Inhalación de Humo en los Servicios de Emergencia (RASTRO), el primero en evaluar de forma retrospectiva la actitud clínica y los protocolos de actuación sobre una muestra de pacientes víctimas de un incendio en lugares confinados, con diagnóstico de inhalación de humo.
Según los promotores del registro, es habitual pensar que el alto porcentaje de mortalidad entre las víctimas de un incendio se debe a las quemaduras producidas por el fuego, cuando en realidad, el 82 por ciento de los fallecimientos en los incendios se debe a la intoxicación por humo, cuyo principal componente es el cianuro. El estudio RASTRO es un proyecto evaluado y aprobado por el Comité Ético del Hospital Río Hortega de Valladolid que comenzó el pasado 1 de noviembre. La recogida de datos se prolongará hasta el 1 de febrero de 2010 y el informe final se presentará en el mes de junio.RASTRO tiene como objetivo evaluar, de forma retrospectiva, la actitud clínica y los protocolos de actuación sobre una muestra de pacientes que han sido víctimas de un incendio en lugares confinados, con diagnóstico de inhalación de humo. De esta forma, pretende aclarar de forma cualitativa y cuantitativa diversas cuestiones y parámetros relacionados con la actitud terapéutica como la monitorización de las constantes vitales o la valoración de la superficie quemada.
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