jueves, 2 de diciembre de 2010
SANIDAD REMITE A LAS CCAA EL BORRADOR DE REAL DECRETO QUE SE REGULA LA DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS POR LAS ENFERMERAS
Realización efectiva
El real decreto enviado a las Comunidades Autónomas regula la manera de hacer efectiva esta ley mediante:
- La constitución de una Comisión de protocolos, guías de práctica clínica y acreditación que, con la participación del Ministerio y de las organizaciones colegiales de médicos y enfermeras, establezca los criterios y pautas para la elaboración de dichas guías y protocolos, así como del proceso de acreditación por el que tienen que pasar las enfermeras para poder realizar la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos. Además, las guías y protocolos elaborados deberán ser objeto de validación por parte de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
- La constitución de dos comités técnicos, uno de protocolos y guías de práctica clínica, y otro de acreditación que elaboren las propuestas en su ámbito que, posteriormente, validaría la Comisión del punto anterior. Estos dos comités técnicos también estarían constituidos por técnicos tanto del Ministerio como de las organizaciones colegiales, a los que se sumarían representantes de las Comunidades Autónomas.
Acreditaciones
En relación al proceso de acreditación del personal de enfermería para emitir órdenes de dispensación, el Ministerio otorgará esa acreditación, previa solicitud del interesado, a los poseedores del título de Grado de Enfermería y a las enfermeras y enfermeros con titulación de las especialidades de enfermería reguladas. La concesión de estas acreditaciones requerirá un informe favorable de la Comisión de protocolos, guías de práctica clínica y asistencial y acreditación.
Asimismo, el personal de enfermería acreditado deberá poseer competencias en el ámbito de los cuidados generales y de los cuidados especializados en lo referente al conocimiento de los diferentes grupos de fármacos y productos sanitarios, sus principios de autorización, indicaciones y uso, así como los beneficios y efectos derivados de su administración y consumo.
miércoles, 1 de diciembre de 2010
NUEVA RECOMENDACIÓN PROFESIONAL DE LA SEEUE
lunes, 29 de noviembre de 2010
LA SEEUE FIRMA EL MANIFIESTO ABLA 2010
El Documento suscrito se desarrolla en los siguientes términos:
De la comunidad que se reunió por primera vez en septiembre 2010 con las primeras dos conferencias sobre Salud 2.0 en Sevilla y Granada, y que se ha vuelto a reunir en el reciente encuentro Salud 2.0 en Abla (Almería) a finales de 2010, surge la iniciativa #salud20Andalucia.
Pero #salud20andalucia se ha convertido en mucho más que en una etiqueta de una aplicación de éxito (Twitter®), #salud20andalucia es el germen visionario de un grupo abierto, colaborativo y entusiasta, donde cada uno aporta su visión como ciudadano y profesional y donde las aportaciones no están limitadas a Andalucía sino que se abren a la comunidad global, con participaciones tanto nacionales como internacionales.
Del ideario colectivo surge este manifiesto.
Los integrantes de este grupo estamos convencidos de que es necesario avanzar hacia un nuevo modelo sociosanitario más sostenible, participativo y democrático, en el que las relaciones entre la ciudadanía, los profesionales y las organizaciones sean necesaria y oportunamente rediseñadas para lograr una sanidad más accesible y cercana.
Pensamos que el concepto Salud 2.0 debe entenderse como un cambio en la cultura organizacional sustentado en una concepción horizontal y colaborativa, frente a la vision tradicional piramidal y jerarquizada. Las instituciones sanitarias pueden y deben aprovechar el potencial de cambio de este nuevo modelo de salud 2.0 para lo que podrán contar con los profesionales que ya han dado pasos en este sentido.
Sobre estas ideas se redactan estas líneas de trabajo que se convierten así en nuestra propuesta para empezar la renovación de la sanidad siguiendo el modelo que surge de la Web 2.0.
Para la Ciudadanía:
Los ciudadanos según el principio de Autonomía del paciente, recogido en la Ley de Autonomía del Paciente, son co- responsables de su salud, por lo que su participación activa es imprescindible tanto en el cuidado de su salud como en la mejora de los sistemas sociosanitarios.
Se debe respetar y fomentar la auto-organización ciudadana en comunidades en red. No hay mejor empoderamiento que el que surge de manera espontánea y autónoma.
Las conversaciones de la ciudadanía en torno a su salud y al sistema sanitario no deben ser entendidas como amenazas por gestores o profesionales, sino como una gran oportunidad para mejorar el propio sistema.
La ciudadania participativa no espera a que se le pregunte para opinar y valorar la calidad de los servicios. Las opiniones originadas en la red son un sistema ágil y de gran valor para la mejora continua de los sistemas sociosanitarios. Las organizaciones no pueden limitarse a sus sistemas de evaluación tradicionales.
Las tecnologías ofrecen posibilidades y soluciones. Todas ellas han de estar al servicio de las necesidades ciudadanas, independientemente de las agendas institucionales. Si no es así, podrían convertirse en un obstáculo en la mejora del sistema sociosanitario.
Las soluciones tecnológicas han de ser simples, manejables y accesibles. Antes de implantar una aplicación hay que valorar si cumple estas premisas. La formación de la ciudadanía constituye un requisito imprescindible para su éxito.
Las iniciativas institucionales con soporte tecnológico, cuando no se ha tenido en cuenta a la ciudadanía, suelen fallar al trasladarse a la práctica real, por lo que deberán ser planteadas desde su punto de vista, lo que permitirá que se adapten a sus necesidades y expectativas.
Antes de consolidar soluciones generales hay que construir experiencias locales. El método experimental no sólo es el más adecuado para el conocimiento científico, también lo es para el diseño de servicios. La experiencia del Living Lab de Abla debe servir de modelo.
Los ciudadanos excluidos y desconectados de la sociedad actual en las soluciones basadas en la Web 2.0 deben ser integrados, ya que son los que más necesitan los servicios sanitarios.
El primer paso hacia la transparencia es la claridad. Los servicios y la información deben ser fáciles de encontrar, de usar y de entender.
Para los Profesionales:
Establecer mecanismos que faciliten la colaboración y el intercambio de conocimientos mediante el uso de redes profesionales, dado que son éstos tienen información y conocimiento suficientes para mejorar los servicios que prestan.
La auto-organización los profesionales sociosanitarios, junto con la ciudadanía, debe ser un pilar fundamental del cambio. La comunidad local ha de convertirse en espacio social de innovación que lidere el cambio.
El debate de los profesionales en torno al sistema sanitario no debe ser entendido como una amenaza por los gestores o responsables políticos, sino como una gran oportunidad para mejorar el propio sistema.
Internet es una vía para mejorar la relación entre los ciudadanos y los profesionales. Colaborar en la red, orientar los servicios a la ciudadanía y compartir experiencias, potencia el crecimiento común.
El impulso del uso de Internet y las nuevas tecnologías es imprescindible para la mejora oganizativa del sistema sociosanitario.
Las soluciones tecnológicas deben ser accesibles para todos. Las organizaciones deberán proveer y facilitar su acceso independientemente del lugar de trabajo y titulación.
La seguridad no puede ser excusa para el acceso a Internet. Debe ser un derecho de los profesionales ejercido desde la responsabilidad, sin censuras ni limitaciones.
El uso de la tecnología debe respetar el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen. Todos los usuarios, ciudadanos y profesionales, deberán velar por dichos derechos, según los términos establecidos por la legislación vigente.
La formación sobre nuevas tecnologías es un derecho y una obligación de todos los profesionales. Dicha formación debe incentivarse adecuadamente pues fomenta la transferencia del conocimiento y el desarrollo de nuevas competencias.
Se deben potenciar estrategias de trabajo en red mediante iniciativas concretas ligadas a la práctica profesional y tecnologías colaborativas que favorezcan la relación bidireccional con los pacientes.
sábado, 13 de noviembre de 2010
PLAN AVANZADO DE CAPACITACION CLINICA
miércoles, 3 de noviembre de 2010
YA ESTA DISPONIBLE EL NUEVO NUMERO DE LA CIBERREVISTA ENFERMERIADEURGENCIAS.COM
Esperamos que sea de su agrado; la encuentran en http://ciberrevista.enfermeriadeurgencias.com
domingo, 24 de octubre de 2010
NUEVA EDICION DEL CURSO DE INSTRUCTORES DE SOPORTE VITAL AVANZADO
Ha concluido en el Centro Internacional de Enfermería "Pilas Bonas" de Manzanares (Ciudad Real), una nueva edición del Curso de Instructores de Soporte Vital Avanzado; acción formativa integrada en el Programa de Soporte Vital del PLAN AVANZADO DE CAPACITACIÓN CLÍNICA que la Sociedad Española de Enfermería de Urgencias y Emergencias en alianza con Enfermería Clínica Avanzada (ECA) y bajo el amparo de la Federación IberoAmericana de Enfermería en Urgencias y Emergencias y la Alianza Mundial de Enfermería de Urgencias (WAEN), organiza en España.
En esta ocasión, los nuevos instructores acudieron desde Vizcaya, Guipuzcoa, Murcia, Madrid, Granada, Valencia, Palma de Mallorca, Cantabria y Girona.
ENHORABUENA A LOS NUEVOS INSTRUCTORES
domingo, 26 de septiembre de 2010
viernes, 17 de septiembre de 2010
Sanidad gastará siete millones en "azafatas" para Urgencias en la Comunidad Valenciana
Esta propuesta de adjudicación millonaria se produce en un momento en el que el departamento que dirige Manuel Cervera "mantiene congeladas las partidas presupuestarias para el aumento de personal sanitario", explica Salvador Roig, responsable de Comunicación del sindicato CC OO.
El concurso para la adjudicación del servicio se ha dividido en tres lotes, coincidiendo con los ámbitos provinciales. Las empresas interesadas tienen de plazo hasta el 25 de octubre para presentar sus ofertas ante la Conselleria de Sanidad.
El servicio de atención a usuarios en los hospitales arrancó hace unos años de manera experimental en algunos hospitales de la Comunitat Valenciana, aunque no exento de polémica. Varias trabajadoras del Hospital General de Alicante denunciaron que habían sido despedidas a través de un burofax, por no saber idiomas, condición que no se les había exigido con anterioridad. Según estas trabajadoras la empresa que les contrataba les obligaba a hablar tres idiomas -inglés, alemán y árabe-, por un sueldo aproximado de 800 euros al mes.
Desde los departamentos de Urgencias no se discute el beneficio que para el paciente supone un servicio de estas características, "sobre todo para los familiares que quieren saber cómo se encuentra un paciente que en esos momentos está siendo atendidos".
Sin embargo, fuentes de esta unidad recuerdan "la falta de personal sanitario que continuamente sufre Urgencias, por lo que el dinero que se va a destinar a la contratación de estas personas, a través de una empresa privada, debería haber sido utilizado para el incremento de las plantillas de facultativos". Una falta de personal confirmada también por el presidente del Colegio de Médicos de Alicante, Antonio Arroyo, si bien no quiso entrar en valoraciones concretas sobre esta nueva contratación.
"Desde CC OO estamos en contra de que se realicen este tipo de subcontrataciones. Si es necesario este tipo de puesto de trabajo debería incluirse en la cartera de servicios de los propios servicios de Urgencias. No compartimos el modelo basado en la externalización y privatización del sistema sanitario público", añadía ayer el portavoz de Comisiones Obreras.
jueves, 2 de septiembre de 2010
Noticia: LA SEEUE FIRMARÁ UN ACUERDO DE COLABORACIÓN CON EL PADOMI DE LIMA
En virtud del acuerdo de colaboración, la SEEUE colaborará con el PADOMI en aspectos de capacitación y asesoría científica. La relación entre ambas instituciones ya ha comenzado con una clase “on line” en la que el Secretario General de la SEEUE, Domingo Muñoz, expuso los temas “Perfil de la Enfermera de Urgencias” y “Prescripción Enfermera”.
El PADOMI es la atención preferencial que brinda EsSalud en el domicilio a los pacientes con incapacidad para desplazarse a los centros asistenciales, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y darles una atención integral y digna.
NUEVO NÚMERO DE LA CIBERREVISTA ENFERMERIADEURGENCIAS.COM
En esta ocasión, el número se ha dedicado en exclusiva a las mejores comunicaciones presentadas en las II Jornadas de Enfermería de Urgencias del Mar Menor, celebradas en Torre Pacheco el pasado mes de junio
jueves, 1 de julio de 2010
PUBLICADO EL NÚMERO 14 DE LA CIBERREVISTA ENFERMERIADEURGENCIAS.COM
Esperamos que el contenido sea de interés para todos.
En este número, además de originales de indudable calidad hemos publicado las cuatro Comunicaciones merecedoras de premio en nuestro XII Congreso Nacional
domingo, 27 de junio de 2010
CONCLUYE LA TERCERA EDICION DEL CURSO DE INSTRUCTORES EN SOPORTE VITAL AVANZADO
Los días 25 y 26 de junio se ha celebrado en el Centro Internacional de Enfermería "Pilas Bonas" de Manzanares la Tercera Edición del Curso de Instructores en Soporte Vital Avanzado. En esta ocasión, 19 han sido los nuevos instructores, procedentes de Puerto del Rosario, Madrid, Guadalajara, Granada, Sevilla, Barcelona, Zaragoza, Murcia, Vigo, Murcia, Alicante y Valencia.
Tanto la Sociedad Española de Enfermería de Urgencias y Emergencias, como la Federación IberoAmericana de Enfermería de Urgencias y Emergencias se sienten muy orgullosos de sus Instructores y les animan a continuar en la misma línea de esfuerzo, trabjo y compromiso.
En esta Edición se han estrenado las camisetas identificativas de los Instructores en Soporte Vital Avanzado de la SEEUE
domingo, 30 de mayo de 2010
CONCLUYE EL XXII CONGRESO NACIONAL DE LA SEEUE
En los próximos días colgaremos en este blog y en la web de la SEEUE (www.enfermeriadeurgencias.com) sus conlcusiones y una galería gráfica, además de todos los pósters presentados en el mismo.
Nuestro agradecimiento a todos los asistentes por su presencia y aportaciones cientificas
martes, 4 de mayo de 2010
PUBLICADO EL NÚMERO 13 DE LA CIBERREVISTA ENFERMERIADEURGENCIAS.COM
miércoles, 28 de abril de 2010
Noticia 28 de abril de 2010
La Sociedad Española de Enfermería de Urgencias y Emergencias ha hecho pública la revisión de su Recomendación Profesional sobre Prescripción Enfermera.
La nueva Recomendación es la siguiente:
A todos los enfermeros y enfermeras en general, a los que ejercen su actividad profesional en los ámbitos de urgencias y emergencias especialmente y sobre todo a los socios de la SEEUE, se abstengan en su práctica clínica, asistencial y de cuidados, de realizar actividad alguna que pueda ser interpretada como un acto de prescripción farmacológica enfermera, (indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación), hasta tanto no se desarrolle el contenido de la Ley 28/2009, de 30 de diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que contempla que el Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
El Ministerio de Sanidad y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo.
Los enfermeros y enfermeras de urgencias y, especialmente, de emergencias en la atención prehospitalaria, que ejercen su práctica clínica bajo procedimientos y protocolos institucionales y avalados por sus correspondientes superiores jerárquicos, podrán aplicar las prácticas prescriptoras que se determinen en dichos procedimientos y protocolos.
Los supuestos de excepcionalidad o urgencia de causa mayor en las que en contra de esta recomendación se pudiera realizar prescripción farmacológica enfermera serán aquellos en los que la denegación de ayuda y cuidados pusiera en riesgo la vida de las personas, y ante los que los enfermeros y enfermeras, en base a su responsabilidad profesional deben actuar en consecuencia.
domingo, 18 de abril de 2010
CONCLUYE LA PRIMERA EDICION DEL CURSO DE INSTRUCTORES EN SOPORTE VITAL AVANZADO
Ha concluido la Primera Edición del Curso de Instructores en Soporte Vital Avanzado de la Sociedad Española de Enfermería de Urgencias y Emergencias.
En el Centro Internacional de Enfermería "Pilas Bonas" que la SEEUE y la Federación IberoAmericana de Enfermería de Urgencias y Emergencias han creado en Manzanares ha tenido lugar la Fase Presencial de la Primera Edición del Curso de Instructores en Soporte Vital Avanzado.
En esta edición se han convertido en instructores 26 enfermeras y enfermeros provenientes de todas las Comunidades Autónomas del Estado, además de una alumna de Colombia.
La fase presencial se ha llavado a cabo durante diez intensas horas docentes la tarde del viernes 16 y la mañana del sábado 17 de abril; horas intensas y fructíferas en palabras tanto de los organizadores como de los alumnos del curso.
lunes, 12 de abril de 2010
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
LUGAR: Salón Liria del Hotel NH PARQUE AVENIDAS
FECHA:25 DE MAYO DE 2010
HORA: 17.30 Y 18.00 (primera y segunda convocatoria
ORDEN DEL DÍA:
1. Ratificación de la Aprobación del Acta de la Sesión Anterior
2. Lectura y Aprobación de la Memoria de Actividades correspondiente al ejercicio anterior
3. Estado de cuentas del año anterior (Estudio y aprobación)
4. Aprobación Presupuesto Económico del año 2010
5. Estudio y aprobación del Programa de Actividades para el presente ejercicio
6. Modernización operativa de la Junta Directiva
7. Nombramiento de Socios de Honor
8. Ruegos y Preguntas
9. Lectura y Aprobación del Acta de la Asamblea General Ordinaria
martes, 16 de marzo de 2010
BASE DE DATOS DE REGISTROS ENFERMEROS DE URGENCIAS
Para ello, una vez más, necesitamos de vuestra colaboración, para que mandeis a la sociedad, todos aquellos registros con los que trabajeis habitualmente, desde hojas de valoración a altas de enfermería, gráficas, etc. En definitiva, todos aquellos registros que utiliceis en vuestra práctica diaria.
Los registros, así como vuestros comentarios a los mismos, podeis enviarlos a la siguiente dirección de correo electrónico : registros@enfermeriadeurgencias.com
domingo, 7 de marzo de 2010
REVISIÓN DE LAS RECOMENDACIONES CIENTÍFICAS DE LA SEEUE
Los textos actuales de las mismas puedes encontarlos en:
Para aportar opiniones y comentarios puedes enviar un correo con las mismas a enfermeriadeurgencias@enfermeriadeurgencias.com
lunes, 1 de marzo de 2010
Noticia 1 de marzo de 2010
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha levantado la suspensión cautelar que había interpuesto contra el Decreto que avala a los profesionales de la Enfermería para prescribir productos sanitarios no sujetos a indicación médica.El alto tribunal andaluz se ha mostrado así sensible a los argumentos esgrimidos en el recurso de Súplica que elevó el pasado mes de noviembre la Consejería de Salud, el Servicio Andaluz de Salud, así como diversos colegios y asociaciones profesionales, según informó hoy en un comunicado el departamento que dirige María Jesús Montero.
De esta forma, las más de 25.000 enfermeras que trabajan en el sistema sanitario público de Andalucía podrán de nuevo desarrollar esta actividad que favorecerá, según la Junta, una respuesta más ágil, cómoda y segura a los problemas de salud de los ciudadanos, especialmente aquéllos que requieren cuidados a domicilio o tienen una mayor relación clínica con las enfermeras por padecer una enfermedad crónica, como diabéticos, con tratamientos de anticoagulación oral, heridas crónicas, úlceras por presión y dolor.
Se prevé que cerca de un millón de pacientes crónicos e inmovilizados podrán beneficiarse de la indicación de fármacos por parte de las enfermeras.
El marco normativo que permite esta práctica en la comunidad, y que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, establece que los profesionales de enfermería pueden indicar a los pacientes el uso de 96 medicamentos, comercializados en 400 presentaciones diferentes.
Entre estos fármacos se encuentran los antiácidos, laxantes, medicamentos para el dolor y la fiebre, antiinflamatorios, vitaminas o antihistamínicos.
Igualmente, se les permite recetar también productos sanitarios como los utilizados para el cuidado de las heridas --vendas, gasas y apósitos estériles-- o para la incontinencia urinaria.
La prescripción de estos productos por parte de las enfermeras supondrá importantes ventajas fundamentalmente para los pacientes que se encuentran inmovilizados en sus domicilios y sus cuidadores, puesto que les evitará desplazamientos a su centro de salud para que estos productos les sean prescritos.
Además, los profesionales de enfermería pueden colaborar con médicos y odontólogos en el seguimiento, a través de protocolos de actuación, de los pacientes que cuenten ya con determinados tratamientos farmacológicos.
La nueva actividad de estos profesionales favorece, por tanto, la labor en equipo y la asistencia multidisciplinar a los usuarios.Todas estas actuaciones profesionales se enmarcan en la Estrategia de Cuidados que, impulsada por la Consejería de Salud, tiene como objetivo dotar a estos profesionales de un marco competencial más amplio.
ORDEN ENFERMERA
Andalucía se convirtió en la primera comunidad autónoma que reguló la indicación de productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras de la sanidad pública.
La receta para los medicamentos y los productos sanitarios se realizará a partir de un documento denominado 'orden enfermera', que está disponible en los centros de salud y podrá ser tanto en formato papel como digital.
En este documento, cada enfermera se identificará con su nombre y apellidos y su código numérico personal. Además, y siempre que sea posible, se ha dispuesto que los medicamentos se indiquen por su principio activo y los productos sanitarios por su denominación genérica.
En la historia clínica del paciente, se registrará el contenido de la orden enfermera, que se expide según tres modelos: para la dispensación en oficinas de farmacia, para la entrega directa a los pacientes en los propios centros de productos sanitarios y para la utilización en pacientes ingresados.
En 2008, un 3% de las prescripciones realizadas en el sistema público fue de productos sanitarios, lo que supuso un 5,7% de la factura farmacéutica total. En concreto, se realizaron 5,1 millones de recetas, con un coste económico de 127,9 millones de euros.
Por su parte, el coste económico alcanzado en 2008 por los medicamentos que pueden ser indicados por los profesionales de enfermería fue de 70,5 millones de euros, correspondientes a 18,7 millones de recetas, lo que supuso el 11,2% de las prescripciones realizadas y un 3,2% de la factura farmacéutica total.
CONSEJO DE ENFERMERÍA
El mismo presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ya se mostró confiado a comienzos de año en que el TSJA levantaría tal la suspensión cautelar.
Tal y como aventuraba en un almuerzo informativo en Sevilla en el marco del 'Primer foro sobre los últimos avances de la profesión de enfermería', González Jurado mostraba su 'absoluta convicción' de que el TSJA levantará finalmente la suspension, una certeza que apoyaba en su convicción de que 'los argumentos jurídicos que hemos elevado en conjunto con la Consejería de Salud de Andalucía, así se lo harán ver al tribunal'.
Sea como fuere, el dirigente COLEGIAL quien agradeció la 'valor' mostrado por la Consejería andaluza del ramo 'al ser la primera' que articulo una norma del tipo, recordaba que la suspensión elevada por la Organización Médica Colegial 'no entraba en el contenido, sino en la forma', en referencia a la cuestión competencial de legislar sobre esta materia y que los médicos entendían que era del Ministerio.
Del mismo modo, recordaba que el Congreso de los Diputados ya había aprobado de forma definitiva una modificación de la Ley del Medicamento por la que les permite ya de forma legal prescribir algunos medicamentos, por lo que 'queda ya prácticamente invalidado el recurso de los médicos', enjuiciaba.
lunes, 22 de febrero de 2010
Noticia de 22 de febrero de 2010
El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) y los colegios de Enfermería de Valencia, Castellón y Alicante han rechazado la unificación de los profesionales de Enfermería bajo la denominación genérica de "Técnico Superior en Gestión en Acción Social" en el anteproyecto de Ley de Función Pública Valenciana, ante lo cual, reclaman que se mantenga la categoría profesional de Enfermera.
El secretario general del CECOVA y presidente del colegio de Enfermería de Valencia, Juan José Tirado Darder, argumentó que la redacción del anteproyecto de ley para la Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana elaborado por la Consejeria de Justicia y Administraciones Públicas "difumina las funciones propias de cada profesión, contradiciendo así las disposiciones normativas estatales, en especial, la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias".
Explicó que "si hubiera consultado con el CECOVA o con cualquiera de los tres colegios profesionales de Enfermería de Valencia, Castellón y Alicante les hubiéramos asesorado en algo tan importante como el reconocimiento de los profesionales de Enfermería los cuidados de los dependientes y su necesaria especialización". Cuerpo con denominación propia
El secretario general del CECOVA afimró que el anteproyecto legislativo "resulta totalmente inaceptable para los miles de profesionales de Enfermería de la Comunidad Valenciana" y reclamó la intervención de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, Paula Sánchez de León, para "modificar el borrador". José Tirado reiteró su absoluto rechazo al anteproyecto porque "ataca la profesionalidad de la Enfermería valenciana al agruparla bajo un concepto paraguas con otras categorías profesionales como trabajadores sociales, psicólogos, fisiterapeutas, terapeutas ocupacionales, etcétera". El CECOVA consideró "irrenunciable" que en el texto de la ley figure la categoría profesional de Enfermero de la Generalidad Valenciana como "cuerpo con denominación propia". Por ello, reivindicó que en el texto de la ley figure la profesión enfermera "inexcusablemente como cuerpo con denominación propia, diferenciado tanto sustancial como formalmente del resto de profesiones incluidas en el susodicho Técnico Superior en Gestión en Acción Social".